Artículo 18º: Capítulo General
El Capítulo General es la asamblea general de todos los miembros de la Orden, es el órgano supremo de representación, con capacidad para redactar, y aprobar normas. Sus sesiones, deliberaciones y votaciones están dirigidas por los cargos del Supremo Consejo.
El Capítulo General se reúne de forma regular una vez al año cada 2 de enero, y de forma extraordinaria a petición de uno de los cargos del Consejo Supremo o a requerimiento por escrito al Soberano Gran Maestre de una cuarta parte de los Caballeros y Damas de la Orden. Iguales requisitos son requeridos para incluir asuntos en el orden del día.
Las decisiones del Capítulo General se tomarán por mayoría simple de los votos de los asistentes. Los escuderos tendrán un voto, los caballeros y damas dos votos, los caballeros y damas XIII tres votos al igual que los miembros del Consejo Supremo.
Las reuniones del Capítulo General se convocarán con un mes de antelación y deberán gozar de un quórum mínimo de la mitad de los miembros de la Orden, siendo necesaria la presencia de los cargos del Consejo Supremo.
La representación sólo podrá recaer en miembros de la Orden y deberá ir acompañadas de un documento expresando los límites del poder de representación, siendo el representante de grado igual o superior al representado.
En el cómputo del quórum se contabilizará el número de asistentes y el de representados. Se facilitará la video conferencia por Internet como medio de participación en el Capítulo General, con los mismo derechos y obligaciones de los participantes físicamente, siempre que se justifique la imposibilidad material de asistir.
Sus resoluciones adoptarán la forma de Decreto cuando afecten a cuestiones puntuales (admisión, expulsión, aprobación de cuotas, gastos, proyectos, encargos, misiones, etc.) y Leyes cuando clarifiquen, interpreten o desarrollen algún artículo o precepto de la Constitución. La aprobación de los Decretos y Leyes exigirá mayoría simple de los votos de los asistentes.
Serán funciones del Capítulo General:
- Aprobar el plan general de actuación de la Orden.
- Examinar y aprobar las cuentas anuales y el Presupuesto del ejercicio siguiente.
- Aprobar la gestión del Consejo Supremo.
- Elección de los miembros del Consejo Supremo.
- Fijar las cuotas ordinarias o extraordinarias.
- Modificación de la Constitución.
- Disolución de la Orden.
- La federación y confederación con otras asociaciones, o el abandono de algunas de ellas.
- Disposición o enajenación de bienes.
- Acordar, en su caso, la remuneración de los miembros de los órganos de representación.
- Cualquiera otra competencia no atribuida a otro órgano social
miércoles 10 de septiembre de 2008
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